Ventajas
Puedes obtener importantes beneficios tributarios en Uruguay si presentas tu proyecto de Inversión ante COMAP.
- Exoneración del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE).
- Exoneración del Impuesto al Patrimonio (IP).
- Devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
- Exoneración de tasas y tributos a la importación de bienes.
Decreto 268/20
Con el Decreto 268/20, promulgado el 30/09/20, se mejoró sustancialmente la posibilidad de acceder a los beneficios previstos por la Ley de Inversiones vigente en Uruguay desde el año 1996.
- Aumento de la exoneración mínima, pasando del 20% al 30% de la inversión elegible.
- Se extendió el plazo mínimo de exoneración de 3 a 4 ejercicios.
- Se incorporó la opción de ser evaluado por una matriz simplicada a través indicador generación de empleo.
- El IRAE exonerado puede alcanzar al 90% (noventa por ciento) del impuesto a pagar.
- Las micro y pequeñas empresas podrán recibir un 10% (diez por ciento) adicional de beneficio de IRAE.
Beneficiarios
Podrán acceder a los beneficios previstos en el Cap. III de la Ley No 16.906, las Cooperativas y los sujetos pasivos del IRAE que posean ingresos gravados por dicho impuesto, cuyos proyectos de inversión sean declarados promovidos por el P.E. No podrán ampararse los Entes Autónomos y Servicios Descentralizados del dominio industrial y comercial del Estado.
Inversión Elegible
Inversión: adquisición de bienes destinados a integrar el activo fijo o intangible.
Bienes corporales muebles destinados directamente a la actividad de la empresa.
Quedan excluidos:
- Los vehículos no utilitarios.
- Los vehículos adquiridos para ser arrendados por las empresas cuya actividad consisten en el arrendamiento de vehículos sin chofer (salvo vehículos eléctricos).
- Los bienes muebles destinados a la casa habitación.
La construcción de bienes inmuebles con mejoras fijas en inmuebles propios, excluidas las destinadas a casa habitación. serán elegibles las mejoras fijas en inmuebles que sean de propiedad de terceros, siempre que se cuente con contrato con plazo remanente mínimo de 3 años.
Plantines y costos de implantación de árboles y arbustos frutales plurianuales.
Inversión Computable
Período de cómputo:
Las ejecutadas a partir del inicio del ejercicio de presentación de la solicitud de la declaratoria promocional o en los 6 meses anteriores al primer día del mes de presentación de dicha solicitud y por hasta plazo máximo total de 10 ejercicios.
Plazos
La COMAP establecerá el plazo en que serán utilizados los beneficios correspondientes a IRAE, el que nunca podrá ser menor a 4 ejercicios. Para determinar dicho plazo se tendrá en cuenta el monto de la inversión y el puntaje de la matriz. Se computa a partir del ejercicio en que exista renta neta fiscal, con un máximo para comenzar el cómputo de 4 ejercicios desde la declaratoria. La empresa podrá suspender el plazo de exoneración hasta 2 ejercicios, consecutivos o no.
Indicadores
- Generación de Empleo
- Aumento exportaciones
- Descentralización
- Utilización de Tecnologías limpias
- Investigación +Desarrollo + Innovación
- Indicadores Sectoriales
- Mejora la empleabilidad del personal.
- Cambio climático – MGAP.
- Diferenciación de Productos o Procesos – MGAP.
- Contribución a las exportaciones – MGAP.
Seguimiento
Obligaciones asumidas: los beneciarios deberán presentar dentro de los 4 meses del cierre de cada ejercicio, incluido el de presentación del proyecto:
- DJ de impuestos.
- EECC con informe según grupo al que pertenece la empresa.
- DJ donde conste información referente a la ejecución de la inversión, los beneficios fiscales utilizados y el cumplimiento de los indicadores comprometidos.
La información deberá presentarse hasta que haya concluido el último de los siguientes plazos: el de ejecución de inversiones; el plazo de utilización de los beneficios o su utilización efectiva y el cronograma de indicadores.